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Suspenden disposición que obliga a comprar gas a Pemex y CFE

Corte suspende disposición de Sener que obliga a IP comprar gas natural a Pemex y CFE Suspenden 

Como parte de una controversia institucional, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) solicitó la suspensión.

Una suspensión en contra de la disposición de la Secretaría de Energía que obliga a los usuarios del sistema de ductos del país a comprar gas natural a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) fue concedida por un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Esta fue solicitada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) como parte de una controversia constitucional, según revelan los registros judiciales publicados este martes.

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Dicho documento define que se suspendan los efectos y consecuencias de los oficios SENER.100/195/2022, con fecha del 13 de junio de 2022, que había sido emitido por la secretaria Rocío Nahle.

Esto también incluye el CENAGAS-UGTP/00434/2022 del pasado 27 de junio, realizado por Rosa Elena Torres, la titular de la Jefatura de Unidad de Gestión Técnica y Planeación del Centro Nacional de Control del Gas Natural.

«Con la finalidad de implementar las acciones a que se refiere la Estrategia, se hace de su conocimiento que en caso de que el Centro de Servicio de Transporte suscrito por su representada con el Cenagas contenga alguno de los nodos comerciales contenidos en la tabla 1 siguiente, tendrá la obligación de acreditar el cumplimiento de los requisitos referidos en la Estrategia a través de la Evidencia Documental emitida por la Empresa Productiva del Estado, sus filiales o subsidiarias según el caso», se lee en el comunicado del Centro Nacional de Cenagas dirigido a las empresas transportistas.

Además, para dar cumplimiento a lo decretado, se impuso un plazo de 60 días para entregar la documentación.

Por ello, la ‘Estrategia de garantía de suministro para la optimización de capacidad en el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural’ quedó suspendida por tiempo indefinido.

La suspensión definitiva en contra de la política de la Secretaría de Energía que establece que los usuarios o interesados en recibir el servicio de transporte de gas natural en los puntos de internación del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangas), deben acreditar que reciben el suministro por parte de alguna de las Empresas Productivas del Estado o sus subsidiarias o filiales.

El juicio de amparo fue promovido por las empresas GDF Suez México Comercializadora, Consorcio Mexi-Gas, Tractabel Digaqro, Tractabel DGJ, Tractabel GNP, Natgasmex, Tamauligas, Engie San Miguel de Allende, Energía Natural Peninsular y GE Gaseco Gnv Región Golgo.

La suspensión concedida es para que las autoridades responsables se abstengan de ejecutar en perjuicio de las quejosas las obligaciones establecidas en los oficios SENER.100/195/2022 y CENAGAS-UFTP/00434/2022.

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Esto implica que no podrán hacer exigibles a las quejosas las obligaciones ahí contenidas y que no podrán ser sancionadas por el incumplimiento de esas obligaciones.

En la resolución se detalla que, con la suspensión definitiva de los oficios reclamados, no se infringen disposiciones de orden público ni se vulnera el interés social.

Una de las razones que provocaron la suspensión definitiva fue que con esta nueva estrategia se obligaba a los usuarios y nuevos solicitantes a que celebren forzosamente contratos con empresas del Estado, alterando con ello las condiciones jurídicas y económicas que permiten el desarrollo del sector de hidrocarburos (gas natural), en condiciones de competencia y libre concurrencia.

Por Horizonte y agencias Suspenden Suspenden Suspenden Suspenden Suspenden