Internacional

Declara EE.UU. que existe ‘dumping’ en exportadores de fresa mexicana

 

La Secretaría de Economía se declara “preocupada” por afirmación preliminar de EE.UU. sobre ‘dumping’ en las fresas

La Secretaría de Economía explicó que la ITC concluyó que no había bases para considerar las “fresas de invierno” como un producto distinto a las fresas.

El Gobierno de México, por medio de la Secretaría de Economía, manifestó este martes su “grave preocupación” por la decisión preliminar de hoy del Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC, en inglés), en la que determinó que existe ‘dumping’ por parte de los exportadores de fresa mexicanos.

El ‘dumping’ es una práctica comercial en la que se exporta un producto a un precio inferior a su valor normal y, en este caso, el DOC lo sitúa entre el 3.37 % y el 5.28 %, dependiendo de la empresa, mientras que en promedio para la mayoría de los exportadores mexicanos, la magnitud del ‘dumping’ estimada por el DOC es del 4.83 %, indicó la dependencia.

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El DOC concluyó que los exportadores mexicanos venden fresa en EE.UU. por debajo de su valor normal, lo que constituye dumping

En un comunicado, recordó que el caso tiene su origen el 31 de diciembre de 2025, cuando productores del estado de Florida presentaron una solicitud ante el DOC y la Comisión de Comercio Internacional de EE.UU. (ITC, en inglés) “para la imposición de derechos antidumping contra las exportaciones de fresa mexicana“.

Agregó que la particularidad de la solicitud es que se basa en “diferenciar las fresas de invierno de las fresas en general“, así como a algunos estados del este de Estados Unidos del conjunto del mercado del país.

Exportaciones

La Secretaría de Economía explicó que en un reporte preliminar, en marzo de 2026, la ITC concluyó que “no había bases para aceptar la existencia del producto llamado ‘fresas de invierno‘ como algo diferente al producto ‘fresas’”.

Además, concluyó que “no existían bases para aceptar que hubiera en EE.UU. un mercado regional de dicho producto, determinando que existe un mercado nacional; aun así, en su resolución preliminar de la investigación, el DOC sostiene ambos conceptos.

“El fallo del DOC podría ser utilizado como antecedente para otros productores estadounidenses contra otras exportaciones hortofrutícolas mexicanas”, apuntó la Secretaría de Economía mexicana, donde la fresa es cultivada por casi 5.000 productores, de los cuales el 97 % tienen 10 hectáreas o menos de este cultivo.

En la cadena de la fresa se emplean aproximadamente 151 mil personas entre trabajadores permanentes y temporales.

En 2025, México exportó 263 mil toneladas de fresa a Estados Unidos por un valor de mil millones de dólares.

Ante estas cifras, el Gobierno de México, junto con productores y exportadores de fresa mexicana, indicó que seguirá el caso en sus etapas posteriores hasta el momento de la resolución final por parte de la ITC, a principios de 2027.

La Secretaría de Economía expuso que los supuestos en que se basa esta resolución del DOC “no son consistentes” con el ‘Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994’ de la OMC (Acuerdo Antidumping), así como con diversos artículos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Declara

Se podría encarecer la fresa mexicana en EE.UU., afectando un mercado de mil millones de dólares anuales en exportaciones y podría abrir la puerta a investigaciones similares contra otros productos hortofrutícolas mexicanos

El término “dumping” se refiere a una práctica comercial en la que una empresa exporta un producto a otro país a un precio más bajo que su valor normal (es decir, más barato que el precio en el mercado interno o incluso por debajo de los costos de producción).

Claves del concepto

  • Definición jurídica: Venta internacional a precios injustamente bajos.
  • Objetivo: Ganar participación de mercado en el país importador, desplazando a productores locales.
  • Consecuencias: Puede dañar la industria nacional del país receptor, generando pérdida de empleos y cierre de empresas.
  • Medidas antidumping: Los gobiernos pueden imponer aranceles o cuotas compensatorias para equilibrar la competencia.

En el caso de la fresa mexicana, EE.UU. determinó preliminarmente que los exportadores venden por debajo del valor normal, lo que constituye dumping, y por ello se abrió la puerta a derechos antidumping.

 

 

Con información de EFE. La Secretaría de Economía se declaró «preocupada» por declaración de EE.UU. sobre ‘dumping’ en las fresas / Foto: Unsplash

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