¿Puede la SCJN incumplir con las reformas que decretan la impugnabilidad?
¿Puede la SCJN incumplir con las reformas que decretan la impugnabilidad?
Tras La Verdad, por Héctor Parra Rodríguez
Viernes 1 de noviembre de 2024
Como lo advertimos en mi Columna de ayer jueves, tanto a los legisladores como a la presidente les urgía promulgar y publicar las reformas a la Constitución que derogaron el derecho a impugnar, en lo sucesivo, cualquier reforma a la Carta Magna, por atroz que sea.
Ayer fueron publicadas y hoy viernes entraron en vigor.
En el artículo segundo transitorio aseguraron que todos los juicios y acciones de inconstitucionalidad y controversias en trámite, literalmente quedan si materia de estudio.
Reza ese artículo: «Segundo.- Los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente Decreto».
Lo anterior significa que deberán sobreseerse los más de 70 juicios que promovieron particulares y autoridades, a las que les fue eliminado, proscrito el derecho a impugnar los gazapos legislativos, hoy convertidos en norma constitucional.
Tramposos tanto los legisladores como la misma presidente Claudia Sheinbaum. Bien sabían que constitucional y legalmente perderían los juicios, por eso apresuraron -como nunca- la reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución, con efectos retroactivos en perjuicio de particulares.
Siguen siendo ignorantes del Derecho Constitucional.
Sin embargo, dejaron abierta la posibilidad de continuar con los juicios en trámite con fundamento en el artículo 103 de la misma Constitución. Este precepto prevé la facultad otorgada a los tribunales de la federación para conocer y resolver de toda controversia que se suscite por «normas generales» que violen derechos humanos y garantías otorgadas por la Constitución, así como lo previsto en los Tratados Internacionales suscritos por el Estado.
No cabe duda que la ignorancia y torpeza sigue caracterizando los atropellos del gobierno del segundo piso. Luego entonces, las y los ministros podrán continuar con el trámite y dictar sentencia en contra de los actos cometidos en la anterior reforma a la Constitución, aquella que conculca derechos humanos y garantías de empleados del Poder Judicial y lastima facultades -derechos- de varias autoridades que interpusieron distintas acciones legales.
Ahora bien, no pretendo ser mal pensado, solo aplico la «lógica del torcido razonamiento» de la presidente y los mismos legisladores morenistas que conculcan derechos con sus reformas y se hacen los occisos.
Los legisladores manifestaron que no cumplirían y así lo hicieron, con las suspensiones concedidas a muchos de los accionistas de juicios de amparo y acciones de inconstitucionalidad y controversias. Por su parte, la presidente Sheinbaum, públicamente confesó que no estaba enterada de la notificación que le obligaba a «bajar» del diario Oficial de la Federación, la publicación de las reformas a la Constitución que deshacen la estructura del Poder Judicial federal; por lo tanto, la señora nunca cumplió con el mandato de la autoridad judicial. Lo mismo hico el director del Diario Oficial.
Ahora bien. La SCJN debe ser notificada oficialmente de la publicación de esta última reforma a la Constitución, dentro de los autos de cada juicio. De lo contrario, legalmente no están enteradas. No es lo mismo enterarse del anuncio mediático ni de la publicación en el Diario Oficial, deben ser notificadas las autoridades en cada expediente. Aunque las reformas hayan entrado en vigor. Seguramente esto lo ignoran tanto los legisladores como la presidente y su jefa del jurídico. Espero no darles la idea.
Así las cosas, si no están notificados legalmente las autoridades judiciales, en su caso la SCJN, bien pueden analizar y resolver el toca correspondiente el próximo martes, día programado para el análisis y discusión de la ponencia del ministro que propone declarar la inconstitucionalidad de una parte de la reforma judicial.
Sería fabuloso si mas si 8 ministros y ministras aprueban la inconstitucionalidad de varias partes de la reforma que deforma al Poder Judicial.
¡Machetazo a caballo de espadas!
Aún hay más ¿Qué sucederá con todos los incumplimientos a las resoluciones emitidas por diversas autoridades judiciales que constituyen delito? Tanto legisladores como la presidente cometieron el delito de desacato o abuso de autoridad. Seguramente no sucederá nada, pero el ilícito sí lo cometieron. No cabe la menor duda.
Bien, estrenamos otra reforma a la Constitución con el nuevo mes de noviembre y los severos problemas de inseguridad jurídica continúan sin resolverse.
Tal vez los autores de la perversa iniciativa piensen que «ganaron» a las autoridades judiciales. Sin embargo, a todas esas autoridades -jueces, juezas, magistrados, magistradas, ministros y ministras- les caracteriza el basto conocimiento en la materia jurídica, lo que no tienen los atracadores de la Constitución.
Para quienes analizamos constitucional y jurídicamente estos asuntos, es un tema de suma relevancia que no ha sido resuelto, si eso piensan los mutiladores de la Constitución.
Las autoridades judiciales tienen la palabra por medio de sus resoluciones.
Aun quedan muchos pendientes de este lastimoso y espinoso asunto que preocupa a las y los mexicanos, a los inversionistas nacionales y extranjeros, dado que las reglas del juego han sido modificadas en beneficio del gobierno y en perjuicio de los particulares. incumplir, incumplir, incumplir, incumplir, incumplir, incumplir, incumplir, incumplir
Tras La Verdad / Por: Héctor Parra Rodríguez
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