Convocatoria Programa de Ocupación Temporal
La Secretaria de Desarrollo Humano y Social con fundamento en el ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLEMENTACIÓN DEL «PROGRAMA DE OCUPACIÓN TEMPORAL» DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO publicado el 14 de julio del 2020 en la Gaceta Municipal.
CONVOCA A MUJERES Y HOMBRES DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO con vocación de servicio, a participar en el «Programa de Ocupación Temporal del Municipio de Querétaro».
El «Programa do Ocupación Temporal del Municipio de Querétaro» tiene por objetivo promover la colaboración dentro el Municipio de Querétaro y hasta 2.000 ciudadanos-as mediante acciones productivas y través de un apoyo a quienes han tenido efectos negativos atribuibles a la disminución y/o perdidas de sus ingresos durante la contingencia ocasionada por la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID•19) .
El apoyo económico será de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 pesos mensuales, mismos que serán entregados al/la beneficiario) del Programa, por un periodo de hasta 2 meses.
Esto apoyo sera otorgado siempre y cuando los participantes hayan cumplido con las obligaciones provistas en el Artículo 9 de las Reglas de Operación.
REQUISITOS DE ACCESO AL PROGRAMA:.
- Residir en el municipio de Querétaro, lo cual se acreditará con INE/IFE vigente con domicilio en el municipio de Querétaro.
- Presentar la Clave Única de Registro Población CURP.
- Tener entro 18 y 55 años de edad
- Manifestar bajo protesta de decir verdad que ha tenido efectos negativos en sus ingresos por la pandemia COVID•19
- Firmar solicitud de apoyo, a la que se adjunte identificación oficial y documentos con los que acredito cumplir con los requisitos
Los-as interesados-as llenarán el formato electrónico en la pagina oficial del municipio de Querétaro https://www.municipiodequeretaro.gob.mx/ donde manifiesten y acrediten el cumplimiento de los requisitos del programa, adjuntando la documentación que señala el articulo 6 de las Reglas de Operación, la liga para el registro estará habilitada los días hábiles del 16 al 23 de Julio del 2020.
PROCESO DE SELECCIÓN:
1. Los interesados a través de los medios que la Secretaria determine. realizaran la solicitud de apoyo para acceder al ‘PROGRAMA DE OCUPACIÓN TEMPORAL’:
2. La Secretaria integrara un expediente por solicitante y revisara que si cumpla con la totalidad de requisitos establecidos y se acompañe la documentación requerida;
3. Una ver verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos con la Reglas de Operación, e integrado debidamente el expediente del solicitante, la Secretaria resolverá sobre el acceso al Programa;
4. La resolución de acceso al Programa será informada por la Secretaria a través de su página oficial de Internet.
5. Se procederá al proceso de capacitación.
OBLIGACIONES DEL-LA BENEFICIARIO-A:
I. Apoyar a las dependencias en las actividades que éstas les asignen;
II. Cumplir en todos los términos dispuestos en las Reglas de Operación y demás normatividad aplicable;
III. Participar de manera coordinada y corresponsable en el Programa;
IV. Cubrir su participación conforme a las condiciones del Programa, en los tiempos que para el efecto establezca la Dependencia participante a la que haya sido designado.
V. En caso de inasistencia por causa justificada, el beneficiario deberá acreditar la razón de la misma, presentando la documentación que lo avale.
VI.Atender las instrucciones que el personal encargado les encomienden para la debida ejecución de su participación, así como observar en todo momento las medidas de protección personal que les sean instruidas;
VII. Reportar a las autoridades de Seguridad Pública y Protección Civil, aquellos casos en los que sea necesaria su intervención.
CANCELACIÓN DEL APOYO:
I. Presentación de documentación o información falsa o alterada;
II. Participe en el Programa encontrándose en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas;
III. Insulte, denigre, amedrente o ejerza cualquier acto de violencia contra la ciudadanía u otros-as beneficiarios-as del Programa;
IV. Contravenga alguna disposición legal o administrativa.
V. No participe en 3 o más ocasiones en las actividades del Programa, durante su vigencia, sin causa justificada;
VI. Incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en las Reglas.
GENERALIDADES
Todo lo no previsto en la presente Convocatoria, así como cualquier situación específica referente al cumplimiento de los requisitos, será resuelto por el Secretario de Desarrollo Humano y Social.
Las quejas y denuncias que pudieran presentarse respecto de este Programa podrán realizarse ante el órgano Interno de Control del Municipio de Querétaro.
El presente Programa no genera ningún tipo de relación laboral entre los beneficiarios y el municipio de Querétaro.
Para mayores informes comunícate al 070 o al teléfono 442 238 77 00 extensiones: 7351, 7358, 7371, 7365 y 7354.
Esta convocatoria estará vigente del 16 al 23 de Julio del 2020.
ATENTAMENTE
La Secretaría de Desarrollo Humano y Social.