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El SAT y las compras con tarjetas de crédito y débito

¿Puede el SAT vigilar compras con tarjetas de crédito y sancionar por gastar más de lo que se tiene?

Entre 2019 y 2020, en redes sociales se rumoró que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzaría a vigilar las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito, con el propósito de controlar los gastos y fijar multas o sanciones por erogar más de los ingresos que se tienen.

El SAT puede solicitar a los bancos información que considere necesaria para fiscalizar a las personas.

Sin embargo, no existe ninguna nueva regla fiscal en 2021 que ordene vigilar todas las compras realizadas con tarjetas de crédito o débito, pero cabe recordar la discrepancia fiscal.

De acuerdo a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su Artículo 91, se establece que «las personas físicas podrá ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente».

Lo anterior quiere decir que el SAT está facultado para verificar la información de un contribuyente con la finalidad de conocer si sus gastos corresponden a sus ingresos.

Desde luego, las tarjetas son fuente de información para obtener datos sobre los gastos de los contribuyentes. Incluso, el SAT puede solicitar a los bancos información que considere necesaria para fiscalizar a las personas.

Por último, la autoridad fiscal puede revisar en la factura electrónica la forma de pago que se utilizó para efectuar compras, ya que este documento indica si se pagó con tarjeta de crédito, transferencia electrónica, cheque o efectivo.

En la propuesta de Ley de Ingresos 2020, la SHCP pide dar más facultades a su brazo recaudador para llevar a cabo sus actividades de fiscalización. En un análisis, PwC explicó que, con el fin de eliminar posibles irregularidades en los procedimientos de auditoría, así como en el caso de notificaciones personales, los visitadores podrán hacer uso de herramientas tecnológicas (fotografías, videos, etc.) para demostrar el correcto proceso de revisión.

El secretario de Hacienda, Arturo Herrera, dijo el 10 de septiembre de 2020 que, en esquemas de defraudación fiscal se dan direcciones inexistentes, “por ejemplo, un terreno baldío donde debería haber una fábrica. La propuesta consiste en que se pueda comprobar por medio de una fotografía que esto efectivamente no es así”.

 (Imagen: Pixabay Emily Torres / El Horizonte)